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¿A cuánto corresponde mi liquidación laboral?

Es importante que los trabajadores conozcan sus derechos una vez que renuncian o son despedidos de un empleo. Es muy importante saber cuánto debemos obtener en una liquidación. Lo bueno, es que hoy en día, hay diferentes herramientas para ello. 

Si buscas una calculadora de liquidación laboral o quieres aprender a realizar el cálculo por ti mismo, aquí te brindaremos una serie de datos y que así puedas conseguir el monto total de lo que debes recibir. 

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¿Qué implica la liquidación laboral en Colombia? 

La liquidación laboral es el pago que se hace una vez finalizado el contrato de un empleado. El mismo es brindado por la empresa o empleador. La liquidación puede darse ya sea por un despido con o sin causa, renuncia o por cualquier otra razón de retiro del trabajo. 

En otras palabras, se trata de un último recibo de pago que obtiene el trabajador por sus servicios prestados. Es importante recalcar que estás en todo su derecho de recibirlo. Pero, al no tratarse de un monto previamente establecido y de igual forma para la totalidad de los empleados de una empresa, este tiene que calcularse. Por lo general, para ello se utilizan una serie de cuestiones como días trabajados, vacaciones no brindadas, sueldo, etc.

¿Qué se tiene en cuenta al pagar una liquidación? 

Teniendo en cuenta lo anterior, esta se calcula en base a una serie de factores y conceptos entre los que también destacan horas extras, días festivos trabajados, entre otros. Sin embargo, el principal aspecto que se tiene en cuenta es el salario del empleado.

A su vez, otra cuestión relevante es la última vez en la que el trabajador percibió la liquidación de sus prestaciones sociales, así como vacaciones. Por consiguiente, cuando este finaliza con el contrato (ya sea por un tiempo determinado o no), la liquidación laboral toma lo siguiente: 

  • Cesantías y sus respectivos intereses. 
  • Prima por los servicios. 
  • Vacaciones que hayan quedado pendientes. 

Para darlo por finalizado y/o concretado se procede a liquidar estos mismos desde la última vez en la que se efectuó esto mismo. Por lo tanto, la liquidación no implica aspectos diferentes de los ya mencionados. 

Recuerda que las cesantías y sus intereses se liquidan cada 31 de diciembre; las primas de servicios entre el 30 de junio y 20 de diciembre de cada año, mientras que las vacaciones se liquidan cuando el trabajador cumple un año de contrato o desde la última vez que estas fueron otorgadas.

Entonces, en el cálculo de la liquidación de un empleado se tiene como referencia la fecha en la que se realizó la anterior liquidación de dichos conceptos. Esto permite que se obtenga la cantidad monetaria exacta que debe recibir de acuerdo a los días trabajados. 

Por ejemplo,  si un empleado tiene 5 años trabajando para una determinada empresa, la liquidación se hace por el tiempo que pasó desde la última que se generó. Muchos creen que es por la cantidad de años que lleva en el cargo, pero, esto no es así. 

Entonces, si un trabajador finalizó su contrato en abril de 2022, la liquidación del trabajo corresponderá al tiempo que pasó entre enero y este mes, puesto que en diciembre de 2021 ya se liquidaron los conceptos ya indicados.

¿Cómo se paga la liquidación

A continuación, te brindaremos unas fórmulas que ter servirán para sacar el monto que tu empleador deberá darte en base a este concepto: 

Cesantías: el sueldo mensual se multiplica por los días trabajados y luego se divide en 360. 

Intereses de cesantías: en este caso, se toman las cesantías y también se multiplican por los días laborados. El resultado se vuelve a multiplicar por 0,12 y para obtener el monto total se divide, igualmente, en 360. 

Prima de servicios: ten presente que este valor incluye las horas extras, comisiones por días festivos, subsidio del transporte, entre otros. Para calcular la liquidación labora de este concepto se procede a tomar el salario mensual y multiplicarlo por los días trabajados. Al igual que en los anteriores, también se divide en 360. 

Vacaciones: se obtiene entre el sueldo y días trabajados, pero en este caso la cantidad que da este cálculo se divide en 720.

Calculadoras de liquidación laboral gratis 

Una de las más utilizadas es la del Ministerio de Trabajo de Colombia. A través de ella podrás simular las prestaciones mensuales que el empleador debe tener al contratar a un empleado y conocer los montos estimativos de tu liquidación

Si aún no sabes cómo utilizarla, te lo explicamos en estos fáciles pasos: 

  1. Ingresa aquí. 
  2. Coloca la fecha de inicio y finalización del contrato. Para ello tienes un calendario. 
  3. Indica el monto de tu salario. 
  4. Marca la casilla de si tienes o no derecho a un auxilio de transporte. 
  5. Selecciona la clase de riesgos laborales según el sector de la actividad realizada. Va desde el I hasta el V.
  6. Presiona entre las 3 opciones que se te ofrecen: “Liquidación para empleado”, “Liquidación para empleador”, “Trabajo suplementario”. A continuación, el sistema te mostrará los datos obtenidos.

Importante: esta calculadora no tiene la opción de ingresar periodos que sobrepasen el año calendario. Los trabajadores que reciben más de dos salarios mínimos no tienen la posibilidad de acceder al auxilio de transporte. Además, el sueldo apercibido no podrá ser menor al SMMLV. 

  • Además, de esta calculadora de liquidación laboral gratuita, también existen otras. Una de ellas la desarrollada por NominaApp. Ingresando aquí (https://www.calculadoralaboral.co/)  podrás obtener los resultados. Para ello deberás indicar una serie de datos entre los que destacan: Nombres y apellidos del empleador.
  • Tipo y número de documento.
  • Información de la empresa (como el NIT).
  • Ingresos mensuales.
  • Días de vacaciones pendientes de pago. 

Al llenar todos los campos y al finalizar la web te brindará cálculo de tu liquidación.

Para finalizar, debes tener en cuenta que El empleador deberá abonarle al trabajador dicho concepto previo a que se retire de su cargo. No existe un plazo concreto para hacerlo, pero sí es un derecho avalado por la legislación laboral que se encuentra indicado en el artículo 65 del Código sustantivo del trabajo de Colombia.

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