El Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, cumple un importante rol en las empresas, siendo un grupo de trabajadores que participan, promueven, ejecutan y apoyan dentro del marco del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
El objetivo del Comité en promover la seguridad y salud en el trabajo en todos los niveles de la empresa, motivando a los trabajadores en adquirir hábitos seguros, con el fin la prevención de riesgos
¿Qué normas reglamenta dicha conformación?
- La Resolución 2400 de 1979, en su artículo 2 inciso D, establece que el empleador tiene la obligación de crear y conformar los comités paritarios de higiene y seguridad.
- Resolución 2013 de 1986, establece y reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de medicina, higiene y seguridad industrial en los lugares de trabajo.
- Decreto 1295 de 1994, aumentó a dos (2) años el periodo de permanencia de los miembros del comité, y obligación por parte del empleador cuatro (4) horas semanales dentro de la jornada laboral a cada uno de sus miembros para el efectivo funcionamiento del comité.
- Resolución 1401 de 2007, menciona que uno de los integrantes del comité debe ser partícipe de la investigación de accidentes de trabajo.
- Decreto 1072 de 2015, extiende la participación del COPASST en las actividades de seguimiento al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
¿Cómo debe estar conformado el COPASST?
El comité paritario de seguridad y salud en el trabajo debe estar conformado por igual número de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, de la siguiente manera:
Número de trabajadores | No de Representantes por parte del empleador | No de Representantes por parte de los trabajadores | Suplentes | Total de integrantes |
De 10 a 49 trabajadores | 1 | 1 | 2 | 4 |
De 50 a 499 trabajadores | 2 | 2 | 4 | 8 |
De 500 a 999 trabajadores | 3 | 3 | 6 | 12 |
De 1000 a más trabajadores | 4 | 4 | 8 | 16 |
¿El Representante Legal a quienes debe nombrar por parte de la empresa?
Nombrará al número de integrantes representantes por parte del empleador.
¿Cómo son elegidos los representantes por parte de los trabajadores?
Los trabajadores deben elegir a los representantes por parte de los trabajadores por medio de la votación, con la posibilidad de ser reelegidos para el siguiente periodo del Comité.
¿Quién nombra el presidente del COPASST?
Este será nombrado por el Representante Legal.
¿Quién nombra al secretario del COPASST?
Este será elegido por el comité.
¿Una empresa puede tener más de un COPASST?
Si es posible, pero no es obligatorio. Dentro del artículo 4 de la Resolución 2013 de 1986, señala que aquellas empresas que cuenten con más de un establecimiento, podrán conformar varios comités.
¿Quienes pueden hacer parte del COPASST?
Pueden postularse como candidatos al COPASST todos los trabajadores vinculados a la empresa, que tengan la iniciativa e interés por promover la Seguridad y Salud en todos los niveles de la empresa, proponer medidas de control y prevención de riesgos, participar de todas las actividades del SG-SST, vigilar el desarrollo y apoyar en las visitas de los entidades externas como Ministerio de Trabajo y ARL.
¿Cuáles son los pasos para conformar el COPASST?
- Asignar responsables para convocatoria y elección.
- Establecer para la conformación.
- Oficializar agenda y divulgar.
- Definir estrategias de postulación.
- Dar a conocer los candidatos.
- Realizar el proceso de votación.
- Realizar conteo de votos y establecer los ganadores por medio de acta.
- Elaborar acta de constitución y conformación.
- Establecer agenda de reuniones.
¿Qué debo divulgar en el proceso de conformación del COPASST?
- Requisitos para postularse al Comité.
- Fecha plazo para inscripción como postulante al COPASST.
- Fecha de votaciones.
- Fecha de conteo de votos.
Todo lo anterior lo puedes realizar por medio de correo electrónico, carteleras, intranet, página web, etc.
¿Qué debo hacer para que se postulen candidatos al COPASST?
Es importante realizar un proceso de divulgación de funciones y funcionamiento del COPASST, su periodicidad, tiempos, etc. Para ello se pueden apoyar de los mecanismos de comunicación interna que tengan a disposición para que todos los trabajadores tengan pleno conocimiento del objetivo del COPASST.
¿Qué método debo usar para las votaciones?
Se pueden crear tarjetones, link de votaciones, utilizar las herramientas que las ARL están creando para esta actividad. Lo importante es dejar evidencia de este proceso.
¿Cómo solicito al Representante Legal la elección de sus integrantes?
Lo pueden realizar por medio de un correo electrónico o una reunión dejando acta como evidencia.
¿Cómo puedo dar a conocer los candidatos postulados al COPASST?
Se puede divulgar por medio de carteleras, correos electrónicos, página web, material de difusión digital.
¿Cuándo ya se haya finalizado el proceso de conformación, que debo realizar?
- Hacer firmar el acta de constitución y conformación del COPASST.
- Dar a conocer a todos los trabajadores los nuevos integrantes.
- Convocar a la primera reunión con el fin de capacitar y dar entender sus funciones y responsabilidades.
- Dar las directrices necesarias para el buen funcionamiento del COPASST.
¿Cuál es el periodo del COPASST?
2 años.
¿Tienes más dudas?, puedes escribirnos a nuestro whastapp 3153073276
NOTA: Este blog es de carácter informativo, no exime ni reemplaza las responsabilidades del empleador frente al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Cada empresa y/o encargado del SG-SST es responsable de su elaboración e implementación.
Puedes descargar una guía de acta de conformación y constitución del COPASST, en el cual te apoyes para la elaboración y aplicación del mismo.