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Estándares Mínimos para empresas, empleadores y contratantes con diez (10) o menos trabajadores

Estándares Mínimos para empresas, empleadores y contratantes con diez (10) o menos trabajadores.

Conforme a la publicación reciente de la resolución 0312 del año presente las empresas, empleadores y contratantes con diez (10) o menos trabajadores clasificadas con riesgo 1, 11 ó 111 deben cumplir con los siguientes Estándares Mínimos, con el fin de proteger la seguridad y salud de los trabajadores:

La presente Resolución modifica los estándares mínimos del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo para las empresas de menos de 50 trabajadores, clasificadas en clase de riesgo I, II y III de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente.

Es decir que las empresas en Colombia deben cumplir con los requisitos que aparecen en el siguiente cuadro:

 

 

Ítem Responsabilidades en SST MODO DE VERIFICACIÓN
Asignación de persona que diseña el Sistema de Gestión de SST Asignar una persona que cumpla con el perfil, como un tecnólogo, profesional, profesional con posgrado en SST, que cuenten con licencia vigente en SST y con curso de las cincuenta (50) horas Persona responsable (Acta)
Afiliación al Sistema de Seguridad Social Pago afiliación a Salud, Pensiones y Riesgos Laborales Documento soporte
Identificación de peligros En todas las actividades y/o sucursales Documento soporte
Ejecución de medidas de prevención y control /peligros Evidencia según tipo de actividad o control realizado Documento soporte con acciones implementadas
Capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo Incluye inducción al puesto de trabajo u oficio, comunicación de los peligros presentes y la importancia del cumplimiento de las medidas de prevención y control Documento soporte planillas con evidencia con firma del trabajador
Realización de los exámenes Exámenes médicos ocupacionales de ingreso, periódicos o de retiro Concepto de los exámenes ocupacionales

Parágrafo 1: Para la identificación de peligros y control de los mismos según la actividad económica, el Ministerio del Trabajo, en conjunto con los gremios, los demás sectores de la economía y las Administradoras de Riesgos Laborales, elaborarán guías de fácil interpretación, aplicación y divulgación para las empresas de menos de diez (10) trabajadores, en un plazo no mayor a seis (6) meses, después de ser expedida la presente Resolución.

Parágrafo 2: En las regiones donde no exista disponibilidad de médicos con posgrado en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente con licencia vigente, para las empresas de menos de diez (10) o menos trabajadores las evaluaciones médicas ocupacionales podrán ser realizadas por médicos que tengan mínimo dos (2) años de experiencia en seguridad y salud en el trabajo, certificada por las empresas o entidades en las que laboraron y previa inscripción como tales ante las respectivas Secretarías de Salud.

Las Evaluaciones Médicas en las regiones donde no exista disponibilidad de médicos con posgrado en seguridad y salud en el trabajo o su equivalente con licencia vigente, se podrán realizar a través de telemedicina, brigadas de salud ocupacional efectuadas por las Administradoras de Riesgos Laborales, agremiaciones de los diferentes sectores económicos.

[Tweet “Nuevos Estándares Mínimos para Microempresas Resolución 0312 de 2019 “]

Parágrafo 3: Este examen tendrá vigencia máxima de tres (3) años a partir de la expedición del concepto médico emitido y será válido para todos los contratos que suscriba el trabajador indistintamente de la actividad económica, siempre y cuando se clasifique en riesgo I, II y III.

Parágrafo 4: Los estándares mínimos de las unidades productivas agropecuarias son los siguientes:

Identificación de los peligros en el marco de los procesos productivos de la Unidad Productiva Agropecuaria, valorar los riesgos y establecer los respectivos controles.

Desarrollar actividades enfocadas a prevenir la presencia de accidentes de trabajo o enfermedades laborales.

Proteger la seguridad y salud de todas las personas que desarrollan actividades productivas en la Unidad Productiva Agropecuaria”.

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