La vida laboral acarrea no solo responsabilidades, bienestar y estabilidad económica, sino que también tare consigo, en algunas condiciones, accidentes o consecuencias negativas para la salud del trabajador.
Es por esta razón que las empresas, recurren a Administradoras de Riesgos Laborales (ARL), las cuales son entidades encargadas de brindar servicios que cobijan al trabajador ante los riesgos y accidentes laborales, además, estas mismas son promotoras de salud.
¿QUÉ ES UN ACCIDENTE DE TRABAJO?
Los accidentes de trabajo, como su nombre lo dice son hechos que suceden sin previo aviso o premeditación y que afectan directamente al trabajador, este, puede tener consecuencias leves, graves o mortales que son identificadas de la siguiente manera:
- Lesión orgánica
- Lesión o perturbación funcional
- Lesión o perturbación psiquiátrica
- Invalidez como las amputaciones
- La muerte
Por otro lado, para que el accidente sea catalogado como accidente laboral, debe cumplir con ciertas características o condiciones:
- Cuando el accidente sucede durante la ejecución de órdenes del empleador, sin importar la locación.
- Cuando el accidente sucede durante un traslado con vehículos de la empresa o contratados por la misma con finalidades laborales.
- Cuando el empleador se encuentra en horario laboral ejerciendo sus funciones.
- Cuando el trabajador se encuentre en actividades recreativas organizadas y realizadas por el empleador.
¿QUÉ NO SE CATALOGA CÓMO UN ACCIDENTE DE TRABAJO?
No son accidentes de trabajo:
- Los desplazamientos de la casa al trabajo o del trabajo a la casa.
- En horas de almuerzo o de descanso.
- Accidentes que se dan en actividades recreativas fuera de las establecidas por el empleador.
- Accidentes que se dan durante una actividad que no corresponde a las funciones específicas laborales.
- Accidentes planificados con la intención de auto-dañarse.
En caso de que el accidente sea catalogado como un accidente no laboral, el empleado deberá dirigirse directamente a su EPS, en este caso, el empleador y la ARL no deberán asumir ningún costo que el mismo acarre.
¿CUÁL ES EL TIEMPO ADECUADO PARA REPORTAR UN ACCIDENTE DE TRABAJO?
Tanto el trabajador como el empleador cuentan con 2 días hábiles, después de haber ocurrido el accidente, esto con respecto a la resolución 156 de 2005, además, debe ser debidamente notificada a las siguientes entidades o instancias:
- ARL
- EPS
- Para accidentes Graves o mortales se debe notificar ante la Dirección Territorial del Ministerio de Trabajo
FORMATO REPORTE DE ACCIDENTE DE TRABAJO:
Aunque es verdad que cada ARL maneja un propio formato para reportar accidentes o presuntos accidentes de trabajo, también es verdad que el Ministerio de la Protección Social ha creado un formato denominado FURAT que es totalmente valido ante cualquier entidad a la que se necesite presentar el mismo.
Si deseas descargarlo presiona el siguiente link: formato furat – ARL
INFORMACIÓN QUE DEBES DELIGENCIAR:
- Centro de trabajo donde labora el trabajador
- Información de la persona que se accidentó
- Información sobre el accidente
- Indique cuál sitio (indique donde ocurrió)
- Tipo de lesión (marque con una x cuál o cuáles)
- Parte del cuerpo aparentemente afectado
- Agente del accidente: (con qué se lesionó el trabajador)
- Mecanismo o forma del accidente
- Descripción del accidente
- Personas que presenciaron el accidente
- Persona responsable del informe (representante o delegado)