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Funciones del Comité de Convivencia Laboral

Antes de hablar de cuáles son las funciones y responsabilidades del Comité de Convivencia Laboral es importante saber que el objetivo principal de este comité, es contribuir de manera neutra a la resolución aquellos conflictos laborales relacionados con presuntos acosos laborales, así mismo proteger a los colaboradores frente a los riesgos psicosociales que se puedan presentar al interior de la compañía.

¿Qué es el Comité de Convivencia Laboral?

Es un grupo conformado por trabajadores elegidos por parte del empleador y por parte de los trabajadores, con el fin de prevenir el acoso laboral y proteger a los colaboradores de los riesgos psicosociales que pueden afectar su salud en los lugares de trabajo.

¿Cuáles son las funciones del Comité de Convivencia Laboral?

  • Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que lo soportan.
  • Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la empresa.
  • Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.
  • Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva entre las controversias.
  • Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.
  • Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo a lo pactado.
  • En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité de Convivencia Laboral, deberá remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación, tratándose del sector público. En el sector privado, el Comité informará a la alta dirección de la empresa, cerrará el caso y el trabajador puede presentar la queja ante el inspector de trabajo o demandar ante un juez competente.
  • Presentar a la alta dirección de la empresa, las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del Comité de Convivencia Laboral y los informes requeridos por el organismo de control
  • Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Convivencia Laboral a las dependencias de recursos humanos y seguridad y salud en el trabajo de las empresas.
  • Elaborar informe trimestral sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales deben ser presentados a la Alta Dirección de la empresa.

¿Cuáles son las funciones del presidente del Comité?

  • Convocar a los miembros del Comité a las sesiones ordinarias y extraordinarias.
  • Presidir y orientar las reuniones ordinarias y extraordinarias en forma dinámica y eficaz.
  • Tramitar ante la administración de la empresa, las recomendaciones aprobadas por el Comité.
  • Gestionar ante la alta dirección de la empresa, los recursos requeridos para el funcionamiento del Comité.

¿Quién elige el presidente del Comité?

Los integrantes del Comité de Convivencia Laboral deberán elegir por mutuo acuerdo el presidente.

¿Cuáles son las funciones del secretario del Comité?

  • Recibir y dar trámite a las quejas presentadas por escrito en las que se describan las situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.
  • Envíar por medio físico o electrónico a los miembros del comité la convocatoria realizada por el presidente a las sesiones ordinarias y extraordinarias, indicando el día, la hora y el lugar de la reunión.
  • Citar individualmente a cada una de las partes involucradas en las quejas, con el fin de escuchar los hechos que dieron lugar a la misma.
  • Citar conjuntamente a los trabajadores involucrados en las quejas con el fin de establecer compromisos de convivencia.
  • Llevar el archivo de las quejas presentadas, la documentación soporte y velar por la reserva, custodia y confidencialidad de la información.
  • Elaborar el orden del día y las actas de cada una de las sesiones del Comité.
  • Enviar las comunicaciones con las recomendaciones dadas por el Comité a las diferentes dependencias de la empresa.
  • Citar a reuniones y solicitar los soportes requeridos para hacer seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos por cada una de las partes involucradas.
  • Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la alta dirección de la empresa.

¿Cada cuánto se debe reunir el Comité?

El comité de convivencia laboral se debe reunir de manera:

  • Ordinaria cada tres (3) meses y sesionará con la mitad más uno de sus miembros.
  • Extraordinaria cuando se presente casos que requieran de su inmediata intervención y podrá ser convocado por cualquiera de sus integrantes.

¿Qué recursos requiere el Comité para su funcionamiento?

  • Un espacio para llevar a cabo las reuniones.
  • Papelería para la generación de actas.
  • Espacio para archivar y conservar la documentación.
  • Tiempo para la ejecución de reuniones y participación de las capacitaciones.

¿Tienes más dudas?, puedes escribirnos a nuestro whastapp 3153073276

NOTA: Este blog es de carácter informativo, no exime ni reemplaza las responsabilidades del empleador frente al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Cada empresa y/o encargado del SG-SST es responsable de su elaboración e implementación.

Puedes descargar una presentación de capacitación sobre responsabilidades del Comité de Convivencia Laboral, en el cual te apoyes para la elaboración y aplicación del mismo.

DESCARGA AQUÍ CAPACITACIÓN DE RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE CONVIVENCIA LABORAL

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