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Política de Seguridad y Salud en el Trabajo

Dentro del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo implícito a los requisitos conforme al Decreto 1072 de 2015 y Resolución 0312 de 2019, se exige estructurar y establecer una política de Seguridad y Salud en el Trabajo, con el fin de mencionar los compromisos y alcances en Seguridad y Salud en el Trabajo por parte de la alta dirección de una organización, por lo anterior es importante tener en cuenta que dicha política sea coherente a los objetivos del SG-SST.

¿Cómo documentar la política?

Para documentar e implementar la política del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, se debe tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

  1. Mencionar el compromiso de la empresa.
  2. Mencionar la razón social de la empresa.
  3. Debe ser específica para la empresa.
  4. Tener alcance a todos sus colaboradores, independientemente de su forma de contratación o vinculación, incluyendo a los contratistas y subcontratistas.
  5. Debe tener alcance sobre todos sus centros de trabajo.
  6. Debe incluir como mínimo los siguientes objetivos:
  • Identificar los peligros, evaluar, valorar los riesgos y establecer los respectivos controles.
  • Proteger la seguridad y salud de todos los colaboradores, mediante la mejora continua del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en la empresa.
  • Cumplir la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales.
  1. Debe ser fechada y firmada por el representante legal de la empresa

¿Cómo debo aplicar la política?

  1. Debes solicitar la firma de la política del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo por parte del representante legal de la empresa.
  2. Una vez firmada la política, debes comunicar por escrito al Vigía o Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  3. Divulgar a todos los colaboradores de la empresa, independiente de su forma de contratación y dejar evidencia.
  4. Publicarla en un lugar visible para todos los colaboradores, contratistas y subcontratistas.
  5. Revisar y actualizar mínimo una vez al año.

¿Qué normatividad lo exige?

  • Decreto 1072 de 2015, Art. 2.2.4.6.5 y Art. 2.2.4.6
  • Resolución 0312 de 2019 estándar 2.1.

¿Si mi empresa tiene menos de 10 trabajadores con niveles de riesgo I,II y III, debo tener la política del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo?

Si, la implementación del SG-SST es de obligatorio cumplimiento, por lo anterior el Decreto 1072 de 2015 siendo una norma vigente, obliga a las empresas sin importar el tamaño o naturaleza cumplir con la ejecución de aquellos requisitos dentro de ellos la Política del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, así mismo se debe tener en cuenta que la Resolución 0312 de 2019 define requisitos mínimos del SG-SST, pero no son los máximos y tampoco exonera de cumplir con normatividad legal en Seguridad y Salud en el Trabajo.

¿Tienes más dudas?, puedes escribirnos a nuestro whastapp 3153073276

NOTA: Este blog es de carácter informativo, no exime ni reemplaza las responsabilidades del empleador frente al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Cada empresa y/o encargado del SG-SST es responsable de su elaboración e implementación.

Puedes descargar una guía de la política del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, en el cual te apoyes para la elaboración y aplicación del mismo.

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